30.04.2024 |
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TRIBUNALES

Condenan a quince años de prisión a una pareja por abusos sexuales a su nieto de 3 años en Cantabria

La Audiencia Provincial de Cantabria ha condenado a quince años de prisión a un anciano de ochenta años y a su pareja, otro hombre de 47 años, por abusar del nieto del primero, de tres años de edad, y mantener relaciones sexuales en presencia de él.

 

El Juzgado Santander celebra un juicio en Las Salesas. / ARCHIVO / ALERTA
El Juzgado Santander celebra un juicio en Las Salesas. / ARCHIVO / ALERTA
Condenan a quince años de prisión a una pareja por abusos sexuales a su nieto de 3 años en Cantabria

La Audiencia Provincial de Cantabria ha impuesto una condena de quince años de cárcel a un anciano de 80 años y su pareja de 47 años, tras ser hallados culpables de abusar sexualmente del nieto del primero, de solo tres años, y de exhibicionismo por mantener relaciones sexuales frente al menor.

La sentencia, dictada por la Sección Tercera de la Audiencia, los declara autores de los delitos de abuso sexual a menores de trece años, corrupción de menores y exhibicionismo, y establece la posibilidad de apelación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.

Detalles de la Condena y Compensaciones

Además de la pena de prisión, cada uno de los condenados deberá abonar una multa de 2,160 euros y, conjunta y solidariamente, compensar al menor con 50,000 euros. Se les ha prohibido cualquier forma de comunicación o acercamiento al niño durante veinticinco años.

Posterior a su liberación, los condenados estarán sujetos a una medida de libertad vigilada de diez años y se les inhabilita para cualquier empleo en contacto con menores por el mismo periodo de tiempo.

Reconocimiento de los Hechos y Evidencia Corroboratoria

Los hechos, según lo probado en la sentencia, ocurrieron "en ocasiones" cuando ambos hombres estaban solos con el menor. Durante estos momentos, no solo mantenían relaciones sexuales en presencia del niño, sino que también involucraron al menor en actos sexuales, incluyendo la producción de material pornográfico infantil.

El reconocimiento de los acusados de su participación en los hechos fue corroborado por el testimonio del menor durante su exploración judicial, una grabación realizada por el padre del niño, y fotografías recuperadas del teléfono móvil de uno de los acusados durante el registro de su domicilio.

Marco Legal y Presunción de Inocencia

La Audiencia ha considerado acreditados estos hechos a la vista del reconocimiento de los mismos por parte de los dos acusados.

Además, tal reconocimiento se ha visto corroborado por la narración que el menor realizó durante su exploración judicial, por la grabación que el padre del menor realizó de la conversación con su hijo, y por las fotografías que fueron recuperadas del teléfono móvil que agentes de la Policía Nacional encontraron en la entrada y registro del domicilio donde la pareja vivía.

De acuerdo con la Directiva (UE) 2016/343 del Parlamento Europeo y del Consejo, se debe tener en cuenta la presunción de inocencia de la persona enjuiciada hasta que adquiera firmeza la resolución que ponga fin al procedimiento judicial.

Condenan a quince años de prisión a una pareja por abusos sexuales a su nieto de 3 años en Cantabria
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