Audiencia revisará la absolución de acusados de captar yihadistas en prisión

Madrid, 13 ene (EFE).- La Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional ha anulado la sentencia que absolvía, por falta de pruebas, a nueve acusados de constituir una célula yihadista en la cárcel de Valdemoro (Madrid), donde cinco de ellos cumplían condena por distintos delitos, con el fin de captar a otros internos para que cometieran atentado cuando quedaran en libertad.

Madrid, 13 ene (EFE).- La Sala de Apelaciones de la Audiencia Nacional ha anulado la sentencia que absolvía, por falta de pruebas, a nueve acusados de constituir una célula yihadista en la cárcel de Valdemoro (Madrid), donde cinco de ellos cumplían condena por distintos delitos, con el fin de captar a otros internos para que cometieran atentado cuando quedaran en libertad.

Tras la absolución de los acusados por la Sala Segunda de la Audiencia, la Fiscalía, que había pedido penas de entre 11 y 15 años de cárcel por integración en un grupo terrorista, entre otros delitos, presentó un recurso de apelación.

La sentencia apreciaba "una marcada inconsistencia de los testigos protegidos" que sirvieron de fundamento a la acusación, algunos con órdenes de expulsión de España pendientes en ese momento, lo que, en opinión del tribunal, condicionaba la validez de su testimonio, ya que con sus denuncias podrían estar tratando de anularlas.

Añadía que, además, se trataba de personas conflictivas en prisión y con adicciones "que les llevan a tratamientos psiquiátricos o con metadona", por lo que la Sala les veía "incapaces del cumplimiento de un plan estable con una agenda de acontecimientos".

"Hablar, pues, de un grupo o banda terrorista en estas circunstancias resulta paradigmático y poco creíble", consideraba la Sala, que las conversaciones intervenidas, más allá de "exabruptos", tampoco detectaba "conversación alguna que se refieriera a guerra santa" ni a la constitución de una célula terrorista.

Tampoco se ha interceptado "instrucción alguna, manual de yihadismo ni de ideología salafista. Ni tampoco hay constancia de una hipotética ideologización extrema de los acusados", añadía el fallo.

Pero ahora, tras la revisión de la sentencia por parte de la Sala de Apelaciones, la Audiencia la declara nula y ordena una nueva, toda vez que entiende que en el nuevo fallo debe realizarse "una declaración de hechos probados limitada a los aspectos fácticos, que se declaren como tales y se complete la justificación de las pruebas practicadas".

Y es que la Sala de Apelaciones cree que la sentencia no permitía conocer el contenido de las pruebas de cargo presentadas y, solo de forma parcial, los motivos para desecharlas. EFE

so/ram