Jueces reconocen otra petición de enseñanza en castellano en Cataluña

Barcelona, 23 dic (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho de un padre a que su hijo reciba una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular "en proporción razonable", que se fija en un 25 % de horas lectivas, en la escuela Vora del Mar, de Cubelles (Barcelona).

Barcelona, 23 dic (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha reconocido el derecho de un padre a que su hijo reciba una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular "en proporción razonable", que se fija en un 25 % de horas lectivas, en la escuela Vora del Mar, de Cubelles (Barcelona).

El Departamento de Educación ha valorado este jueves a EFE que la sentencia, que tiene fecha de hoy, será recurrida, tal y como ha hecho hasta ahora con las otras que se han recibido en el mismo sentido, por lo que "el centro no ha de hacer ningún cambio" en su proyecto escolar.

Por su parte, la Asamblea por una Escuela Bilingüe (AEB) ha indicado en su cuenta de Twitter, que con la sentencia del TSJC "la justicia anula el proyecto lingüístico de otra escuela catalana, la séptima, por no incluir el castellano como lengua vehicular".

La Sala Contenciosa Administrativa del TSJC ha estimado parcialmente el recurso a una resolución dictada por el conseller de Educación en noviembre de 2019, que desestimaba la solicitud de modificación del régimen lingüístico de la Escuela Vora del Mar, de Cubelles, donde está matriculado el hijo del denunciante.

La sentencia del TSJC reconoce el derecho del hijo del denunciante a que el menor reciba durante la enseñanza obligatoria "conjuntamente con sus condiscípulos, en el colegio y curso en el que siga sus estudios, una enseñanza que incluya el castellano como lengua vehicular en proporción razonable".

La Sala reitera recursos anteriores "a iguales pretensiones y mismos argumentos" y se cita a ella misma al fijar los términos de la citada proporción razonable de castellano: "un 25 % de las horas efectivamente lectivas", además "del área, materia o asignatura lingüística correspondiente a su aprendizaje, al menos de otra área, materia o asignatura no lingüística curricular de carácter troncal o análoga".

El tercer punto de la resolución indica que se "anula por no ser conforme a derecho el proyecto lingüístico vigente en el momento de los hechos en el centro educativo Escola Vora del Mar, dado que no contempla el carácter vehicular del castellano como lengua oficial conjuntamente con el catalán".

Según fuentes de la AEB, este año 2021 y con esta última resolución son siete los proyectos lingüísticos de otros tantos centros que han debido modificarse por sentencias judiciales. EFE

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