TRIBUNALES

La Audiencia Nacional impone la tercera condena al PP en el 'caso Gürtel'

Edificio de la sede del PP, en el número 13 de la calle Génova.

Considera que su candidato a la Alcaldía de Boadilla se benefició de fondos de la trama e impone al partido la devolución de 204.000 euros

La Audiencia Nacional ha vuelto a condenar al PP al pago de 204.198,64 euros por lucrarse de los beneficios que obtuvo la red Gürtel entre 2001 y 2009 en el municipio de Boadilla del Monte (Madrid) con Arturo González Panero, alias el Albondiguilla, como alcalde, a quien impone 36 años y 11 meses de prisión.

En la sentencia, contra la que cabe recurso y a la que ha tenido acceso Efe, el tribunal considera probado que una parte de los "ilícitos beneficios" obtenidos por la red se dedicaron a "mantener los gastos" del PP en la localidad, "creando con ello una dinámica de beneficio mutuo".

No es la primera vez que el PP es condenado como partícipe a título lucrativo; también lo fue en la causa del la primera época de la trama Gürtel, y la Audiencia lo condenó asimismo como responsable civil en el juicio por el pago en B de parte de la reforma de su sede.

Entre los condenados en esta nueva sentencia, adoptada por unanimidad, también se encuentran el líder de la trama, Francisco Correa, y su segundo, Pablo Crespo, que confesaron su papel en la red a cambio de una rebaja en la petición de la fiscal.  

ADJUDICACIONES AMAÑADAS

Las otras 22 condenas -ha habido una única absolución- son más suaves. Acumulan su enésima condena, que ni siquiera tiene repercusiones prácticas para ellos, los responsables de la trama, con Francisco Correa a la cabeza. La pena impuesta es de 13 años y medio, la misma que a su mano derecha, Pablo Crespo.

"EI lucro se obtenía mediante la adjudicación de obras o contrataciones directas a las empresas del Grupo Correa y adjudicaciones de obras a las empresas seleccionadas por Correa a cambio del pago de una comisión con la que iba realizando pagos a los cargos públicos responsables dentro del Ayuntamiento y la EMSV [empresa de la municipal del suelo] del Boadilla del Monte de la contratación al máximo nivel de los que, una parte se destinaba al pago de facturas para actos, eventos y gastos del partido popular, como se describe en los hechos probados", afirma la sentencia de 300 folios, de la que ha sido ponente la magistrada María Dolores Hernández Rueda.

La Sección Segunda de lo Penal no ha atendido finalmente la tesis del PP de que los hechos, demostrados o no, estarían prescritos, un argumento planteado por su abogado, Jesús Santos, en la última intervención en el juicio y que provocó las protestas de la Fiscalía.