Tribunales

El Supremo asigna a la Audiencia Nacional la investigación del caso de Koldo

El exasesor del exministro José Luis Ábalos, Koldo García, comparece en la Comisión del Senado. Eduardo Parra / Archivo
El Tribunal Supremo decide que la Audiencia Nacional, no la Fiscalía Europea, investigue el caso de Koldo García sobre la compra de mascarillas durante la pandemia.

El Tribunal Supremo ha determinado que será la Audiencia Nacional y no la Fiscalía Europea quien investigue a Koldo García en el caso relacionado con la compra de mascarillas durante la pandemia. La decisión se basa en la consideración de que los intereses financieros de la Unión Europea no se han visto afectados en esta situación.

La resolución del Supremo deja el "caso PSOE" en manos del Juzgado Central de Instrucción Número 2, que continuará investigando las presuntas irregularidades en la adjudicación de contratos de mascarillas en diversas administraciones públicas. Koldo García, exasesor del exministro de Transportes José Luis Ábalos, es señalado como parte de una posible trama de corrupción.

El tribunal resolvió la cuestión de competencia planteada por el juez Moreno, concluyendo que la Fiscalía Europea no tiene competencia en estos hechos. En un auto notificado el viernes, el Supremo acordó que el Juzgado Central de Instrucción nº 2 será el encargado de seguir investigando, mientras que la Fiscalía Europea mantendrá su competencia sobre ciertos expedientes en lo que respecta a la posible comisión de un delito contra los intereses financieros de la Unión Europea.

La Sala indicó que lo que se investiga es "la posible existencia de una organización criminal destinada a obtener de forma irregular adjudicaciones de contratos de material sanitario en distintas administraciones públicas nacionales". Se menciona la posible participación de cargos públicos en estas adjudicaciones, quienes, junto con los miembros de la organización, se habrían enriquecido de manera ilícita. Se investigan posibles delitos de cohecho, tráfico de influencias y organización criminal.

Además, se mencionan operaciones financieras que habrían sido utilizadas para ocultar las ganancias obtenidas, lo que podría constituir delitos de blanqueo de capitales y delitos contra la Hacienda Pública. El tribunal coincide con la Fiscalía del Tribunal Supremo y la Fiscalía Anticorrupción, concluyendo que "no se pueden concluir que los delitos investigados estén intrínsecamente ligados al fraude de los intereses financieros de la Unión Europea".

El Supremo explicó que "las actuaciones practicadas parecen estar dirigidas a investigar la posible existencia de una trama de corrupción a nivel nacional", la cual afectaría a diversas administraciones y organismos públicos nacionales. Por tanto, se determinó que la investigación puede ser llevada a cabo más eficazmente por órganos nacionales, dada la falta de conexión material con cualquier interés supranacional.

Finalmente, se mencionan informes policiales recogidos en las actuaciones que indican que los contratos investigados se ejecutaron, el material fue suministrado y los precios pagados fueron inferiores a otros contratos similares, sugiriendo que no se estaría investigando un delito de malversación.