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El Gobierno regula la comisión de seguimiento del ingreso mínimo vital

Madrid, 25 ene (EFE).- El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto por el que se regulan la organización y funciones de la comisión de seguimiento del ingreso mínimo vital (IMV), prevista en la ley aprobada el pasado diciembre en el Parlamento.

El Gobierno regula la comisión de seguimiento del ingreso mínimo vital

Madrid, 25 ene (EFE).- El Consejo de Ministros ha aprobado este martes un real decreto por el que se regulan la organización y funciones de la comisión de seguimiento del ingreso mínimo vital (IMV), prevista en la ley aprobada el pasado diciembre en el Parlamento.

Se trata de uno de los dos órganos de participación y gobernanza previstos en la ley, junto con el consejo consultivo, que tendrán que hacer el seguimiento de la prestación y de los desarrollos que se vayan produciendo, como el sello social de inclusión o el incentivo al empleo.

La constitución y funcionamiento de la comisión no supondrá incremento de gasto público, ha subrayado el Ministerio de Inclusión en un comunicado.

La comisión se seguimiento, órgano de cooperación administrativa, estará compuesta por una presidencia (que corresponde al ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones), una vicepresidencia (secretario de Estado de la Seguridad Social y Pensiones) y 46 vocalías.

Entre los vocales por parte de la administración central está la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, la Subsecretaría del Ministerio, las Secretarías de Estado de Migraciones, Trabajo y Economía Social, Derechos Sociales e Igualdad, y el Alto Comisionado contra la Pobreza Infantil.

Habrá también un representante por cada comunidad y ciudad autónoma, mientras que, en el ámbito municipal, estarán representados los 12 municipios con mayor número de población, así como otros que por su representatividad sean propuestos por la Federación Española de Municipios y Provincias.

Las funciones de la comisión incluyen evaluar el impacto del IMV como instrumento para prevenir el riesgo de pobreza y exclusión social de las personas en situación de vulnerabilidad económica, con especial atención a la pobreza infantil.

Deberá evaluar también y hacer un seguimiento de las propuestas normativas y no normativas en relación con el IMV, impulsar mecanismos de cooperación entre administraciones, hacer un seguimiento de los sistemas de intercambio de información relativa a las personas solicitantes y las beneficiarias y cooperar para la implantación de la Tarjeta Social Digital. EFECOM

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