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Jurado no ve agravante de género en hombre culpable de matar a su pareja

Madrid, 24 feb. (EFE).- Un jurado popular ha considerado culpable de asesinato por unanimidad a Tomás J., acusado de matar a su pareja en agosto de 2019 en el distrito de Tetuán (Madrid), y ha contemplado la circunstancia agravante de parentesco, pero no la de género.

Jurado no ve agravante de género en hombre culpable de matar a su pareja

Madrid, 24 feb. (EFE).- Un jurado popular ha considerado culpable de asesinato por unanimidad a Tomás J., acusado de matar a su pareja en agosto de 2019 en el distrito de Tetuán (Madrid), y ha contemplado la circunstancia agravante de parentesco, pero no la de género.

La Audiencia Provincial de Madrid ha celebrado este jueves la lectura del veredicto elaborado por los nueve miembros del jurado, que también han considerado culpable al acusado de los delitos de maltrato habitual, por mayoría de ocho votos, y de lesiones, por unanimidad.

En su veredicto, el jurado ha tenido en cuenta la atenuante de consumo de alcohol y drogas.

El tribunal del jurado ha considerado probado que Tomás J. y Pilar C., de 48 años y cirujana de profesión, iniciaron una relación sentimental en 2017, en la que él ejercía una posición de superioridad y la maltrataba.

También ha considerado constatado que la noche del 14 al 15 de agosto ambos habían consumido sustancias estupefacientes y que el acusado atacó a su pareja de forma sorpresiva, sin que ésta tuviese posibilidad de defenderse.

Según el jurado, Tomás J., como parte de un plan consciente y nunca un arrebato, la golpeó y la amordazó con unos nudos que no le llegaron a cortar la respiración, por lo que siguió con vida durante la agresión y le prolongó el sufrimiento.

Posteriormente, le asestó varios navajazos con un arma de 21 centímetros de longitud y, uno de ellos, el que le perforó el tórax, le produjo una "muerte lenta", según los miembros del tribunal.

En sus conclusiones definitivas, la Fiscalía solicita para el acusado una pena de 29 años de prisión por los delitos de asesinato, maltrato habitual y lesiones, así como una indemnización para los familiares de la mujer, incluido su exmarido, de 350.000 euros.

El abogado de la acusación particular se adhiere a la petición de pena del fiscal, mientras que el letrado de la defensa, que solicitaba la absolución al considerar la eximente completa por drogadicción, ha pedido que al acusado se le impongan las penas mínimas contempladas por los delitos de los que ha sido considerado culpable.

En su informe final, el fiscal rectificó sus conclusiones en las que consideraba que hubo una "fuerte discusión previa" entre el acusado y su pareja.

Al contrario, asegura que el hombre se dirigió a la víctima "con el fin de acabar con su vida" y que por ello, aprovechando que la mujer había consumido estupefacientes, la golpeó, amordazó y acuchilló en repetidas ocasiones. EFE

llo.td/fg

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