01.08.2024 |
El tiempo
jueves. 01.08.2024
El tiempo
El Diario de Cantabria
ALERTA El Diario de Cantabria

Puerto Gallego, condenada a cinco años de inhabilitación por prevaricación

Santander, 25 nov (EFE).- El Juzgado de lo Penal número 1 de Santander ha condenado a la que fuera alcaldesa de Santoña entre 2003 y 2009, Puerto Gallego, a cinco años de inhabilitación para cualquier cargo municipal electo al considerarla autora de un delito prevaricación.

Puerto Gallego, condenada a cinco años de inhabilitación por prevaricación

Santander, 25 nov (EFE).- El Juzgado de lo Penal número 1 de Santander ha condenado a la que fuera alcaldesa de Santoña entre 2003 y 2009, Puerto Gallego, a cinco años de inhabilitación para cualquier cargo municipal electo al considerarla autora de un delito prevaricación.

En la sentencia, dada a conocer este jueves y contra la que cabe recurso ante la Audiencia Provincial, se condena también a cuatro años de inhabilitación por el mismo delito a los miembros de su equipo de gobierno en ese periodo.

Para esta condena, la titular del Juzgado ha tenido en consideración la concurrencia de la circunstancia atenuante muy cualificada de dilaciones indebidas.

En la sentencia, declara probado que la Junta de Gobierno Local de Santoña entre los años 2003 y 2009 aprobó por unanimidad facturas de gastos de diferentes empresas que prestaban servicios al Ayuntamiento “a pesar de constar un informe de intervención en el que se efectuaba reparo constando que las facturas emitidas parecían ser constitutivas de un fraccionamiento” prohibido por la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.

La magistrada señala que las facturas se presentaban para su aprobación y abono “prescindiendo absolutamente del procedimiento para concluir una contratación administrativa”.

Además, argumenta que algunas estaban presupuestadas, pero otras “carecían de consignación presupuestaria para su abono”, de modo que “sumados al cabo del año, los pagos superan el importe del contrato menor, sin expediente de contratación adecuado a su cuantía en cómputo anual”.

En su sentencia, pone de manifiesto, además, que “no consta actuación alguna para levantar el reparo de disconformidad emitido, ni la elaboración del correspondiente expediente de contratación” para “regularizar la situación de ilegalidad consignada durante el periodo de tiempo de 2003 a 2009, siendo ya este año cuando se aprueban algunos de ellos”.

Y añade que “todos los acusados eran conscientes de la arbitrariedad de sus resoluciones” y que “la ilegalidad era clara”.

“Es a finales del año 2009 y ya en el año 2010 cuando constan contratos en referencia a suministros y prestación de servicios al Ayuntamiento, pero no es óbice para considerar que durante los años precedentes actuaron a sabiendas de hacerlo en contra de la ley”, apostilla la titular del Juzgado en su sentencia. EFE

fb

Puerto Gallego, condenada a cinco años de inhabilitación por prevaricación
Comentarios