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TRIBUNALES

Nuevo revés para el fiscal general: el Supremo rechaza la recusación de García Ortiz por ser extemporánea

El Supremo ha rechazado la recusación de García Ortiz por extemporánea, permitiendo que los magistrados sigan revisando el recurso de la APIF contra su renovación como fiscal general del Estado. 
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Alejandro Martínez Vélez / Archivo
El fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz. Alejandro Martínez Vélez / Archivo
Nuevo revés para el fiscal general: el Supremo rechaza la recusación de García Ortiz por ser extemporánea

El magistrado del Tribunal Supremo, Eduardo Calvo, ha inadmitido a trámite la recusación presentada por el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por considerarla extemporánea. Esta recusación afectaba a cuatro de los cinco magistrados que deberán resolver el recurso de casación interpuesto por la Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (APIF) contra la renovación de García Ortiz como fiscal general, según ha publicado El Debate.

El Gobierno decidió renovar a García Ortiz en su cargo días después de que la misma Sala del Tribunal Supremo anulase el nombramiento de su predecesora, Dolores Delgado, como fiscal Togada de lo Militar, decisión que García Ortiz consideró una "desviación de poder".

El magistrado Calvo subrayó que la recusación era extemporánea según lo dispuesto en el artículo 223.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ). Este artículo establece que la recusación debe plantearse tan pronto se tenga conocimiento de la causa que la fundamenta. Calvo indicó que "sin necesidad de examinar la endeblez y escasa consistencia de la causa de recusación que se propone, baste señalar que, atendiendo a lo dispuesto en el artículo 223.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), la formulación de la recusación es extemporánea".

En su recusación, García Ortiz cuestionó la imparcialidad de los magistrados Pablo Lucas, Luis María Díez-Picazo, Antonio Jesús Fonseca-Herrero y José Luis Requero, quienes firmaron la sentencia que anuló el nombramiento de Delgado. Argumentó que sus decisiones podrían estar condicionadas por su posicionamiento previo. Además, alegó que Requero había publicado un artículo en un periódico en el que se refería al Tribunal Constitucional y a la Fiscalía General del Estado como "apesebrados".

La APIF se opuso a la recusación, mientras que la Abogacía del Estado no presentó alegaciones. Los magistrados recusados señalaron en un informe conjunto que la recusación era "manifiestamente extemporánea" y se basaba en "meros pretextos".

El instructor de la recusación explicó que García Ortiz ya conocía la resolución que anuló el nombramiento de Delgado antes de su personación en el proceso, el 14 de marzo de 2024. Señaló que "resulta de todo punto inimaginable que el fiscal general del Estado no conociera la resolución judicial que había anulado el nombramiento que él mismo había propuesto".

El magistrado recordó que la composición de las secciones de la Sala Tercera del Tribunal Supremo se publica anualmente en el Boletín Oficial del Estado (BOE), y que la información para el año en curso estaba disponible desde el 22 de diciembre de 2023. Además, una modificación por la jubilación de un magistrado se publicó el 13 de febrero de 2024.

En cuanto a Requero, el instructor indicó que García Ortiz debía conocer su identidad desde su personación en el proceso, ya que desde ese momento tuvo acceso a todas las actuaciones, incluida la resolución que designaba a Requero como ponente.

El magistrado concluyó que la solicitud de García Ortiz para que se le comunicara la composición de la Sala era un "artificio procesal" para intentar reabrir un plazo ya expirado. En relación con el artículo de Requero, señaló que García Ortiz no explicó la relevancia del mismo para la recusación y que su mención era "claramente extemporánea".

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