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El Supremo archiva la denuncia contra Ayuso por las muertes en residencias

El Tribunal Supremo archiva la denuncia contra Isabel Díaz Ayuso por las muertes en las residencias durante la pandemia, señalando la falta de precisión en las acusaciones y la necesidad de especificar medidas concretas.
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Carlos Luján
La presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso. Carlos Luján
El Supremo archiva la denuncia contra Ayuso por las muertes en residencias

El Tribunal Supremo ha archivado una denuncia presentada contra Isabel Díaz Ayuso, presidenta de la Comunidad de Madrid, por las muertes en residencias de ancianos durante la pandemia, en un contexto en que el Partido Socialista Obrero Español (PSOE) mantiene una ofensiva contra la líder del Partido Popular (PP) de Madrid por su gestión durante la crisis sanitaria. Esta es la segunda denuncia desestimada por el Supremo y la vigésimo segunda que se archiva contra Ayuso relacionada con el fallecimiento de 7,291 personas en residencias durante los momentos más críticos de la Covid-19.

El Alto Tribunal estaba examinando una denuncia particular que acusaba a Díaz Ayuso de supuestos delitos de homicidio imprudente, omisión del deber de socorro, derecho a tratamiento médico y prevaricación con agravante de premeditación. El Supremo rechazó el escrito porque la denuncia está planteada en términos "genéricos o difusos". Habría sido necesario "vincular el fallecimiento de concretas personas con concretas medidas o decisiones adoptadas por la persona denunciada", según el auto. Sin embargo, la denuncia no lo hace. "No disponemos, ni la denuncia los proporciona, de datos precisos para concluir en qué medida los criterios de derivación hospitalaria que en la denuncia se denominan protocolos de la vergüenza fueron acertados y rigurosos médicamente en función de la situación epidemiológica y hospitalaria de cada momento", ha argumentado la Sala Penal del Tribunal Supremo.

El Supremo destaca que la denuncia no especifica "qué concretos fallecimientos pueden atribuirse a qué concretas medidas". "En todas las Comunidades Autónomas se registraron unos elevados índices de mortalidad en personas de edad avanzada y en personas que vivían en estas residencias", razona el escrito del tribunal.

Además, la Sala presidida por el magistrado Manuel Marchena aclara que no se puede culpar a Ayuso por el mero hecho de que sea presidenta y máxima responsable de la Comunidad. "En el ámbito penal no caben atribuciones objetivas de responsabilidad por el solo dato del cargo o posición que la persona ocupe dentro de una estructura organizativa, aun cuando este fuera el de mayor relevancia", subraya el auto.

El tribunal también rechazó juzgar si hay delito de prevaricación porque el escrito no "identifica la resolución dictada por la denunciada que puede ser tildada de prevaricadora".

Sobre el delito de omisión de socorro, el Supremo considera que es "inviable" imputárselo. Primero, alega que no hay una "situación concreta" de una persona que se halle en peligro, "sino un contexto general de intensa crisis sanitaria". Y en segundo lugar, subraya que "el deber de socorro no deriva del cargo o las responsabilidades que ostente la persona en cuestión".

Aun así, el Alto Tribunal admite que el archivo es "compatible con el cuestionamiento crítico de las decisiones que en ámbito sanitario se pudieron tomar por los responsables de la Comunidad [de] Madrid, como también por el resto de Comunidades Autónomas o del Gobierno estatal durante la gestión de la pandemia". Es decir, aunque no haya una sentencia penal contra ella, se pueden criticar libremente sus medidas.

"El eventual archivo del procedimiento ni es un aval a las políticas sanitarias que se aplicaron en relación con las residencias de personas mayores, ni lo contrario", aclara el auto del Supremo.

Además, la Sala Penal recuerda que se han presentado "numerosas denuncias" contra Ayuso "por los mismos hechos". Señala que esos escritos se referían a "residencias determinadas y personas concretas". Los magistrados consideran que "en esos procedimientos" se "puede esclarecer lo ocurrido". Y, hasta ahora, 21 de ellos han sido archivados.

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