¿Cuando está permitida la movilidad entre municipios?
Esta restricción entra en vigor en la tarde del 4 de noviembre y se prolongará, inicialmente, hasta las 0,00 horas del 18 de noviembre. Este plazo podrá reducirse o ampliarse en función de la evolución de la pandemia.
¿En qué supuestos está permitida la movilidad entre municipios?
Acudir al centro de trabajo
Acceder a centros sanitarios y/o educativos
Retorno al lugar de residencia
Asistencia y cuidado de mayores, menores, dependientes, personas con discapacidad o especialmente vulnerables.
Desplazamientos a entidades financieras y de seguros o estaciones de repostaje en territorios limítrofes
Actuaciones requeridas o urgentes ante óganos públicos, judiciales o notariales.
Renovación de permisos y documentación oficial o trámites administrativos inaplazables.
Realización de exámenes o pruebas oficiales.
Causa de fuerza mayor o situación de necesidad
¿Y la movilidad entre municipios limítrofes?
Está permitida en dos casos:
Realización de actividades socio-económicas (Compras, peluquería, servicios veterinarios...)
Práctica de actividades deportivas individuales al aire libre.
--Info Gobierno de Cantabria--