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TRIBUNAL SUPREMO

El Supremo invalida la asignación millonaria de fondos europeos a tres comunidades autónomas

El Tribunal Supremo anuló asignaciones de seis millones de euros a País Vasco, Extremadura y Valencia, pero validó la de 3 millones a Navarra, por falta de justificación en los fondos Next Generation EU.
El presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, junto al expresidente de la Comunidad Valenciana, Ximo Puig. / Rober Solsona / Archivo
El presidente del Gobierno y secretario general del PSOE, Pedro Sánchez, junto al expresidente de la Comunidad Valenciana, Ximo Puig. / Rober Solsona / Archivo
El Supremo invalida la asignación millonaria de fondos europeos a tres comunidades autónomas

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha invalidado la asignación directa de seis millones de euros en forma de subvenciones concedidas en 2021 a País Vasco, Extremadura y Valencia con cargo a los fondos europeos Next Generation EU por "falta de justificación".

Estas ayudas, otorgadas en el marco del Real Decreto 902/2021, de 19 de octubre, y por un monto de 2 millones de euros para cada destino, fueron impugnadas por la Comunidad de Madrid. La región, bajo el gobierno de Isabel Díaz Ayuso, solicitó su anulación al considerarse una potencial beneficiaria de los fondos distribuidos directamente a otras comunidades autónomas.

Los recursos asignados a las administraciones, dos de las cuales son de orientación socialista, estaban destinados a seis proyectos piloto orientados a jóvenes, en las categorías de ‘colectivos vulnerables’ y ‘emprendimiento y microempresas’, cada uno financiado con 1 millón de euros, totalizando 2 millones para cada una de las tres comunidades autónomas mencionadas.

El Tribunal Supremo, en su sentencia, ha declarado la nulidad de estas medidas tres años después, al argumentar que la Administración no proporcionó "razones válidas y suficientes" para recurrir al procedimiento excepcional de asignación directa de subvenciones.

En palabras del TS: "No es la mera concurrencia de razones de interés público, económico y social en la subvención la justificación que autoriza la concesión directa de las subvenciones". Añade que "no se entiende que si una de las razones que justifica la concesión directa es trasladar la experiencia derivada de los proyectos piloto a todo el territorio nacional, se dejen fuera otras comunidades autónomas interesadas".

La sentencia reconoce como válida, sin embargo, otra subvención contemplada en el mismo Real Decreto, de 3 millones de euros para la Comunidad Foral de Navarra. En este caso, dirigida a un proyecto de "Emprendimiento y microempresas" incluido en el Plan de Reactivación Económica de los Pirineos Orientales de Navarra, considerando que se justificó adecuadamente el procedimiento de asignación directa.

En resumen, el Tribunal Supremo ha anulado la concesión directa de subvenciones a País Vasco, Extremadura y Valencia por falta de justificación, mientras que ha validado la asignación a Navarra al considerar que estaba adecuadamente justificada.

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