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Autorizan ampliar el pasaporte covid a toda la hostelería de la C.Valenciana

(Corrige la NA3289 para precisar que la ampliación del pasaporte covid no incluye las terrazas hosteleras, según fuentes de la Conselleria de Sanidad)

Autorizan ampliar el pasaporte covid a toda la hostelería de la C.Valenciana

(Corrige la NA3289 para precisar que la ampliación del pasaporte covid no incluye las terrazas hosteleras, según fuentes de la Conselleria de Sanidad)

Valencia, 22 dic (EFE).- La Sección Cuarta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia valenciano ha autorizado este miércoles la prórroga hasta el 31 de enero de la vigencia del llamado pasaporte covid, así como la ampliación de esta medida a toda la hostelería y restauración, con independencia de su aforo.

El requerimiento de este certificado será efectivo para acceder a todos los locales de hostelería y restauración de la Comunitat Valenciana (hasta ahora se pedía en los de un aforo superior a 50 personas), y se amplía también a otros establecimientos como gimnasios o cines, circos, instalaciones deportivas y sedes festeras en los que se consuma bebida o comida. Sin embargo, no incluye las terrazas, según precisan fuentes de la Conselleria de Sanidad.

Estas disposiciones las recoge la resolución de la Conselleria de Sanidad fechada el 21 de diciembre y entrarán en vigor a las 0:00 horas del día siguiente al de su publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV).

El Tribunal considera que la prórroga de la medida en aquellos espacios donde ya era obligatorio presentar el certificado covid está justificada por la evolución de la pandemia.

Igualmente, su ampliación a nuevos establecimientos y espacios resulta “idónea, necesaria y ponderada o equilibrada, en tanto se derivan de ella más beneficios o ventajas para el interés general que perjuicios sobre otros bienes o valores en conflicto”, precisa la Sala.

Esa ponderación de intereses en conflicto -como recuerda el auto de la Sala- ya ha sido examinada por el Tribunal Supremo, que ha calificado la exigencia del pasaporte covid como una limitación “tenue” de determinados derechos fundamentales que, al ser enfrentada con la “poderosa presencia” de otros como la vida o la protección de la salud “aporta una justificación objetiva y razonable para su adopción”.

En concreto, la resolución avalada este miércoles por el TSJCV contempla la obligatoriedad de presentar el pasaporte covid en todos los locales de hostelería, ampliando los espacios de exigencia de ese certificado a "todos los lugares cerrados y abiertos" donde se ofrezca servicio.

También en cines, salas multifuncionales, circos y sedes festeras, festivales de música que se celebren en espacios cerrados y en espacios al aire libre donde no sea factible el uso de mascarilla de forma permanente, espacios con servicio de restauración ubicados en alojamientos turísticos, instalaciones deportivas y centros especializados de atención a mayores (CEAM), centros integrales de mayores (CIM) y centros asimilados como clubes de convivencia para personas mayores y similares.

Igualmente en las piscinas cubiertas y en los gimnasios, donde será necesario el uso permanente de la mascarilla. EFE

jfg/lb/cbr/jdm

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