11.10.2024 |
El tiempo
viernes. 11.10.2024
El tiempo
El Diario de Cantabria

'CASO BEGOÑA'

¡Sorpresa en los tribunales! La Audiencia de Madrid desestima la querella contra el juez Peinado

La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado la querella interpuesta por el periodista Máximo Pradera contra el juez Juan Carlos Peinado

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer, Begoña Gómez. / Raúl Terrel
El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, y su mujer, Begoña Gómez. / Raúl Terrel
¡Sorpresa en los tribunales! La Audiencia de Madrid desestima la querella contra el juez Peinado
Al juez le acusaban de un supuesto delito de revelación de actuaciones procesales secretas y delito de revelación de secretos por funcionario público en el contexto de la investigación que el magistrado dirige contra Begoña Gómez, esposa del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez. El tribunal, en consonancia con el criterio de la Fiscalía, ha considerado que no existen indicios de que Peinado haya cometido delito alguno.

Esta querella es solo una de las tres que se han presentado contra el juez. Las otras dos fueron formuladas por el propio Pedro Sánchez, quien protestó porque el juez le obligó a declarar de manera presencial en lugar de hacerlo por escrito, y por la propia Begoña Gómez, cuya resolución está pendiente.

Máximo Pradera basó su acusación en el hecho de que, a través del gabinete de prensa del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJ), se hiciera pública la decisión del juez Peinado de investigar a Gómez por presuntos delitos de tráfico de influencias y corrupción en los negocios, además de que se informara sobre la declaración de secreto de las actuaciones. Pradera también reprochó que se notificaran a los medios las admisiones de personación y citaciones del caso.

No obstante, la Audiencia Provincial ha determinado que las resoluciones del juez Peinado no vulneran el secreto de las actuaciones, sino que han permitido a la Fiscalía, la defensa y las acusaciones tener conocimiento de las diligencias, lo cual preserva el principio de igualdad de armas en el proceso judicial. En este sentido, el tribunal destacó que el secreto de las actuaciones se mantuvo parcialmente, permitiendo a las partes actuar en igualdad de condiciones.

El TSJ subrayó que el contenido de la nota de prensa difundida el 24 de abril sobre el inicio de las diligencias fue limitado, mencionando únicamente la incoación de las diligencias, los delitos investigados, la persona imputada y el hecho de que las actuaciones fueran secretas. Según los magistrados, esta información básica no supone una revelación de secretos y está en línea con el derecho a la información, un principio constitucionalmente protegido.

La sentencia recalca que la naturaleza pública de los procesos penales implica que se pueda comunicar la existencia de la causa sin que eso equivalga a divulgar el contenido sustantivo de las investigaciones. Según los jueces, restringir completamente el acceso a la información podría retrotraer el sistema judicial a un modelo inquisitorial, en el que la opacidad primara sobre el acceso a los procesos penales.

El tribunal también recordó que, antes de que el juez Peinado comenzara a investigar a Begoña Gómez, diversos medios periodísticos ya estaban investigando las actividades que, al parecer, había llevado a cabo la esposa del presidente del Gobierno. Por ello, el TSJ concluyó que no se aprecia ningún perjuicio tanto para la investigación como para Begoña Gómez, quien, dada su notoriedad pública, debe aceptar las consecuencias del ejercicio de la libertad de información en un caso de interés público.

Finalmente, la Audiencia de Madrid ha zanjado el asunto aclarando que no hubo revelación de secretos ni vulneración de los derechos procesales de Gómez.

¡Sorpresa en los tribunales! La Audiencia de Madrid desestima la querella contra el juez Peinado
Comentarios